Este domingo 13 de agosto se llevan a cabo las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) para definir a los candidatos a la presidencia. Si aún no sabes si es obligatorio ir a votar en las PASO 2023, te lo explicamos en esta nota.
Obligación de votar en las PASO 2023
Sí, es obligatorio votar en las elecciones primarias de este año. Si no emites tu voto en las PASO, tendrás la obligación de hacerlo en las elecciones generales que se llevarán a cabo en octubre. Sin embargo, si no votas en las primarias, deberás justificar tu inasistencia ante la Secretaría Electoral correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección para evitar quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.

Sanciones y multas por no votar
Si tienes entre 18 y 70 años y no votaste en las PASO 2023 sin justificación, te corresponderá una multa económica y serás incorporado al Registro de Infractores al Deber de Votar. Además, durante tres años a partir de la elección, no podrás ser designado para empleos o funciones públicas. Aquellos que no paguen la multa no podrán realizar trámites en organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Los montos de las multas varían según la cantidad de infracciones previas sin regularizar que tengas:
- Si no tienes infracciones previas sin regularizar: $50.
- Si tienes una infracción previa sin regularizar: $100.
- Si tienes dos infracciones previas sin regularizar: $200.
- Si tienes tres infracciones previas sin regularizar: $400.
- Si tienes cuatro o más infracciones previas sin regularizar: $500.
Excepciones para no votar
La Cámara Electoral establece algunas excepciones en las que los electores están exceptuados de votar:
- Si te encuentras a más de 500 kilómetros de distancia de tu lugar de votación y justificas ante la autoridad policial más cercana que esto se debe a motivos razonables.
- Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al lugar de votación por razones de fuerza mayor, debidamente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad.
- Si eres parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por el cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
- Si eres juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional debes asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

Justificación del no voto
En caso de que no puedas asistir a votar, debes presentarte con tu documento cívico en la comisaría más cercana al lugar donde te encuentras y solicitar una certificación escrita que justifique tu imposibilidad de votar. Posteriormente, debes presentar este certificado dentro de los 60 días posteriores a la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral correspondiente.